Cualquier trámite de vehículos automotores que se realice ante un organismo de tránsito deberá cumplir con los siguientes requisitos de carácter general. (ley 769 de 2002 resolución ministerial 12379 DEL 2012)
Formulario de solicitud de trámite formulario único nacional (FUN), debidamente diligenciado de acuerdo a las instrucciones que aparecen al respaldo, con firma y huella de los solicitantes autenticado por el propietario si este no puede hacerse presente en el momento del tramite
Recuerde señor usuario que el formulario es obligatorio en todos los organismos de transito y como requisito en el organismo de transito de Yarumal debe de autenticarlo para mayor confiabilidad del usuario
El propietario del vehículo automotor podrá solicitar ante el organismo de tránsito donde esté matriculado el vehículo automotor, el traslado a otro organismo de tránsito.
Para el traslado de cuenta de un vehículo de servicio particular solo se requiere cumplir con los requisitos de carácter general haciendo claridad en el formulario de solicitud el organismo de tránsito para el cual se solicita el traslado de cuenta.
En el caso de vehículos de servicio público de transporte colectivo mixto, metropolitano, distrital y municipal de pasajeros se deberá cumplir adicionalmente con los siguientes requisitos:
Procedimiento:
Paso 1. Acudes a las oficinas con la documentación requerida y requisitos establecidos
Paso 2. Acudes a la dependencia de trámites suministrando los documentos a la funcionaria correspondiente
Paso 3. Es indispensable contar con la paciencia y amabilidad para dar tiempo de espera según lo requerido por las diferentes plataformas
Paso 4. El funcionario revisa papelería, verifica y liquida el valor del trámite ante el RUNT y derechos municipales.
Paso 5. El usuario hace efectivo el pago en las entidades correspondientes (Banco Davivienda y tesorería municipal) y allega dichos recibos a las instalaciones de la secretaria para el archivo en el historial.
NOTA se debe tener en cuenta que el horario del banco es de 8:00am a 11:30 am y de 1:00pm a 3:00 pm, por tal motivo los trámites adelantados de ese horario en adelante se liquidan para el dia siguiente.
Piso 6. Su trámite queda efectivo ante las plataformas en un tiempo estimado de 30 minutos
Los trámites que no realice el propietario personalmente podrá hacerlos a través de poder, mandato o cualquier mecanismo de autorización otorgado formalmente acompañado del documento de identidad del apoderado. El autorizado deberá estar inscrito al RUNT.